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El Ministerio de Salud Pública (MSP) reglamentó la Ley N.º 20.179 de Cuidados Paliativos, aprobada en agosto de 2023, reconociendo el derecho universal de todas las personas con enfermedades graves y progresivas a recibir atención especializada, incluyendo pacientes, familias, cuidadores y padres de niños en etapa prenatal.
La reglamentación obliga a los prestadores del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) a brindar atención en hasta 48 horas hábiles desde la derivación a la Unidad de Cuidados Paliativos, contar con UCP para adultos y niños o, en su defecto, con al menos un equipo básico médico-enfermero con apoyo psicosocial.
Garantizar igual calidad de atención en sedes secundarias y permitir visitas flexibles de familiares, incluso menores de edad, respetando la voluntad del paciente. Se enfatiza el derecho a la información y autonomía del paciente, incluyendo la expresión de voluntad anticipada sobre su tratamiento y decisiones al final de la vida, como la sedación paliativa.
La norma también menciona el Deseo de Adelantar la Muerte (DAM), que deberá ser evaluado por un equipo bio-psico-social, especialmente relevante en el contexto del debate parlamentario sobre la ley de eutanasia. Además se exige formación especializada en cuidados paliativos para todo el personal, y se debe garantizar una cobertura universal, continua e integral, desde el diagnóstico hasta el duelo.
El MSP supervisará su aplicación mediante auditorías e informes anuales, y los prestadores tienen un plazo de 2 años para adaptarse a las nuevas exigencias, bajo riesgo de sanciones por incumplimiento.
Escrito por Dayana
today16 de octubre de 2025 75313 7
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